viernes, 6 de enero de 2012

CADENA PERPETUA EN ESPAÑA.HUELGA DE HAMBRE DE MIGUEL MONTES NEIRO

Indulto
El preso más antiguo, de nuevo en huelga de hambre
Miguel Montes Neiro, que suma 36 años en la cárcel, reclama que se haga efectivo el indulto parcial concedido


EP / GRANADA Miguel Montes Neiro, considerado el preso común más antiguo de España al llevar 36 años en la cárcel enlazando condenas, ha decidido iniciar de nuevo una huelga de hambre, la cuarta entre rejas, para reclamar que se haga efectivo el indulto parcial que le concedió el Consejo de Ministros, el último del Gobierno socialista, el pasado 16 de diciembre.

Todo, después de que el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Andalucía, con sede en Granada, haya desestimado en un reciente auto (de fecha 29 de diciembre) la petición que formuló el letrado de Montes Neiro, Félix Ángel Martín, para que se le computaran los días que ha estado en la cárcel cumpliendo prisión preventiva, considerando que ésta solo le puede ser abonada por la Audiencia de Granada, según consta en el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press.

La notificación de esta nueva resolución ha provocado "desesperación" en el reo, que tampoco ve que llegue el indulto parcial que le ha concedido el Gobierno, que supuestamente tendrá que publicarse en el Boletín Oficial del Estado entre 25 y 30 días después de su concesión en el Consejo de Ministros, según han señalado a Europa Press el abogado de Montes Neiro.

Su hermana Encarnación, que vive en la provincia de Málaga, ha indicado a Europa Press que viaja a Granada para reunirse con su hermano en el Centro Penitenciario de Albolote, donde le intentará disuadir de que secunde una nueva huelga de hambre que, en su opinión, sólo contribuiría a un "empeoramiento" de su ya deteriorada salud.

La protesta del interno se produce además después de que la Junta de Tratamiento de la prisión denegara el permiso extraordinario solicitado por la familia para que pasase las Navidades en casa al entender que no se cumplían los requisitos que exige la normativa para concederlo, ya que tan sólo se otorga en casos muy concretos como el fallecimiento o enfermedad grave de un familiar directo del preso o el alumbramiento de un hijo.

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